Persona con discapacidad en su puesto de empleo



La nueva reforma laboral publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge que los contratos formativos para personas con discapacidad tendrán una bonificación del 50% de la cuota empresarial de la Seguridad Social. También se recogen otros puntos específicos para personas con discapacidad que pasan a estar establecidos de manera reglamentaria como:

  • En el caso de que una persona con discapacidad sea contratada por una empresa de inserción cualificada y activa en el registro administrativo correspondiente, no se le aplicarán los límites de edad y la duración máxima del contrato formativo.
  • El trabajador con discapacidad que a la vez se esté formando, tendrá un contrato de formación en alternancia para poder compatibilizarlo. Para ello tendrá que ser una persona joven de hasta 30 años, y el contrato formativo tendrá una duración máxima de 2 años y el contrato de práctica profesional se podrá formalizar hasta 5 años después de que termine sus estudios.
  • El contrato temporal de fomento del empleo para personas con discapacidad se mantiene como medida.
  • Los centros especiales de empleo son la excepción a la hora de aplicar el convenio sectorial en relación con la nueva regulación de las contratas y subcontratas.

Además, el CERMI ha elaborado un informe con cuestiones sobre cómo la nueva normativa laboral puede afectar a las personas con discapacidad. Puedes ampliar la información pinchando aquí